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Sí es ley, pero no de servicios sociales - REDESSCAN

Desde REDESSCAN hemos visto la necesidad de realizar una serie de artículos de opinión, de los cuales éste es el primero, sobre el contexto y la elaboración de la nueva ley de Servicios Sociales  de Canarias que actualmente se encuentra en trámite administrativo. Para ello, en este primer artículo explicaremos lo que son los Servicios Sociales; el recorrido de la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias; el impacto de la crisis del 2008 en los Servicios Sociales públicos y sus consecuencias en la población.
Debemos partir de la premisa que los Servicios Sociales son un sistema de protección de responsabilidad pública que debe garantizar el acceso a los derechos sociales para todas las personas, dar cobertura a las necesidades básicas de todas las personas y redistribuir la riqueza. por ello los Servicios Sociales es uno de los cuatro pilares del Estado de Bienestar junto con la Sanidad, la Educación y la Garantía de rentas. Aunque el Sistema Público de Servicios Sociales, en muchas ocasiones se interpreta que es un sistema para atender las necesidades de las personas empobrecidas, como ciudadanía debemos reivindicar el carácter universal de los Servicios Sociales, ya que en algún momento de nuestras vidas cualquiera de nosotras podemos necesitar apoyo para poder hacer frente a dificultades de índole personal, familiar o comunitario que afecten a nuestro bienestar.
En Canarias contamos con una ley de Servicios Sociales desde 1987. En esta ley se recogía en el preámbulo el principio de responsabilidad pública, el cambio de las estructuras socio económicas y el principio de universalidad, premisas que están muy lejos del asistencialismo al que se ha visto abocada la ley por la falta de desarrollo y financiación. En la misma se establecen valores tales como la Justicia social y la equidad, además de la redistribución de la riqueza y el papel de los Servicios Sociales como garantes de derechos.
También establecía en su artículo 2. f) los programas integrados destinados a desarrollar acciones estructurales que precisan de la intervención de diversas Consejerías de la Comunidad Autónoma o varias Administraciones Públicas. Y en su artículo 5., dentro de los niveles de organización, daba un papel fundamental a los servicios sociales comunitarios cuyo objeto es promover y posibilitar el desarrollo de todos los ciudadanos.
Esta ley cuenta con unas muy buenas bases y abría el camino para desarrollar y consolidar actuaciones dentro de un sistema que más de 30 años después aún no se ha alcanzado y, peor aún que ahora se plantean como algo nuevo y novedoso que aparecerá en la nueva ley de servicios sociales. Llevamos 30 años esperando por planes de Servicios Sociales, esperando por una regulación de la composición de los equipos profesionales, por la elaboración de mapas de necesidades y recursos, por la definición de prestaciones y servicios, por la clarificación de estructuras, funciones y competencias. Todo ello aparecía en la ley, pero nunca se cumplió.
La crisis fue un elemento que afectó a todas las estructuras y sistemas que forman parte de una manera u otra de nuestras vidas, pero aquellas que ya entraron en la crisis en una clara desventaja, como es el caso del Sistema Público de Servicios Sociales el impacto que sufrió ha tenido enormes y graves consecuencias tanto para el propio sistema como para la población que requería acceder a derechos y/o cubrir necesidades de diversa índole. En primer lugar este sistema, ya de entrada deficitario en financiación, estructura, recursos e infraestructura vio aumentada la demanda de atenciones en 7 años en un 60%, mientras que la financiación del mismo sólo se ha desarrollado en un 20%, sobre todo por el crecimiento en las partidas de prestaciones económicas, a la par que disminuían partidas destinadas a mantener servicios y personal, con descensos en algunos programas que han llegado incluso 81% como ha sido el caso de los programas de alojamiento alternativo. En estos años el Sistema Público de Servicios Sociales ha estado constantemente en una montaña rusa debido a una total falta de planificación financiera y organizativa y donde se ha pretendido curar graves heridas poniendo tiritas, y donde se gestionan miserias y no el acceso a los derechos sociales.
Canarias se caracteriza por encontrarse en la mayor parte de los estudios e informes relacionados con los SS.SS. en los últimos puestos de desarrollo. Un claro ejemplo de ello es la puntuación de nuestra Comunidad Autónoma en el Índice DEC (un estudio a nivel nacional que mide la implantación de los SS.SS. en cada comunidad) en aspectos como los derechos y las decisiones políticas, el esfuerzo económico y la cobertura de servicios. Canarias de una puntuación sobre 10 obtiene un 2.4. La tercera nota más baja entre todas las Comunidades Autónomas.
Está claro que no existe voluntad por parte de los responsables públicos de apostar por este Sistema de Protección Social, y por ende por el bienestar de la ciudadanía. Ya que sí así fuera no permitirían que hubiera un 44% de la población canario en riesgo de pobreza, que un 29,5% de la población esté con una baja intensidad en el trabajo, que más del 58% de personas con derecho al acceso a prestaciones de la la Ley de Promoción y Autonomía Personal no lo tengan, que existan miles de situaciones en limbos esperando resoluciones y actuaciones en materia de infancia y familia, discapacidad, mujer, personas sin hogar, personas migrantes, personas mayores… Es de vergüenza.
Exijamos a los responsables políticos, que se centren en trabajar por el bien común y no por los intereses de unos pocos; que inviertan en el Sistema Público de Servicios Sociales para fortalecerlo y consolidarlo como cuarto pilar del Estado del Bienestar. Que trabajen por y para la ciudadanía. Esa es su tarea, esa es su responsabilidad.

REDESSCAN, 10 de Enero de 2018, Canarias

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