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"¿DÓNDE ESTÁN LOS PROYECTOS DE INSERCIÓN SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO?"


Por Ernesto Gutiérrez - Redacción Canarias Semanal

    La Plataforma por la Dignidad de las Personas sin Hogar ha denunciado en un contundente comunicado el desalojo  de un grupo de personas sin techo que vivía  en la zona de la Plaza de España,  efectuada el pasado 31 de octubre por agentes de la policía local de Sta. Cruz de Tenerife por orden del alcalde de esta ciudad.    "No podemos más que lamentar y condenar este nuevo agravio de nuestros representantes políticos a las personas que menos tienen
  -aseguran desde esta plataforma ciudadana -porque, si bien es cierto que hay que dar buena imagen de la capital, no es menos cierto que esa necesidad no puede ponerse por encima de la Ley ni de la dignidad de las personas y de los derechos que les son propios". 
Para este colectivo, actuaciones como las del pasado 31 de octubre ponen de manifiesto "la doble moral que se practica en la corporación capitalina" ya que mientras "ahora desaloja de la calle a personas que afean la vista hace unos meses  dejó morir a un sin techo en una plaza de la ciudad, haciendo oídos sordos a las peticiones de muchos ciudadanos que durante varios días estuvieron pidiendo su ingreso en un centro hospitalario".

     Sin ambages, la Plataforma por la Dignidad de las Personas sin Hogar denuncia públicamente que entonces el grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Sta Cruz "no hizo nada", a pesar de que fue advertido de que esta persona "se estaba muriendo", porque el lugar en el que se encontraba no era frcuentado por turistas. "En poco más de un mes - recuerdan - fallecieron seis personas sin hogar".

     La Plataforma recuerda, asimismo, que de acuerdo a las leyes españolas solamente puede obligarse a abandonar la calle a una persona en el caso de que suponga
un riesgo inminente para su propia salud o para la salud del resto de ciudadanos. Aplicando en esos casos la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica reguladora de la Autonomía del Paciente, en su artículo 9.2,  la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, en su artículo 6 o  la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 763. Si, por el contrario, la persona no estuviera incluida dentro de los  dos supuestos citados, esto es: si está en la calle por las circunstancias que sean pero no está enferma hasta el punto de que corra peligro su vida o la integridad del resto de ciudadanos, no se la puede obligar a marcharse del lugar que ocupe.

     "De hacerlo -apuntan - se estaría atentando contra el derecho que todo ciudadano tiene a la libre circulación.  Nos preguntamos en la Plataforma  - añade en su comunicado este colectivo -  qué han hecho con las personas desalojadas: ¿les han buscado cobijo, cama y atención médica o simplemente los han echado de allí a otra calle menos visible?".  

     Finalmente la Plataforma por la Dignidad de las Personas sin Hogar recuerda "que las personas que malviven en nuestras calles han llegado a dicha situación tras muchos años de abandono, marginación y desprecio". Dirigiéndose directamente al alcalde de la capital tinerfeña José Manuel Bermúdez, al concejal de Servicios Sociales José Manuel Arocha y a sus respectivos partidos políticos, Coalición Canaria y Partido Socialista Canario (PSOE), los miembros de la Plataforma les preguntan "¿Qué programas de inserción social y de prevención han aprobado para ayudarlos?". "¿Dónde están los proyectos de inserción social?, ¿dónde las ayudas?, ¿dónde las oportunidades que todas estas personas pedían cuando aún podían salir del pozo?" - continúan  cuestionando en su nota de prensa.

    "Cuando ya poco se puede hacer - concluyen -  se limitan a limpiarlos de la calle como agua sucia pensando en dar buena imagen a unos cuantos turistas". 

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