Antes de que España fuera una democracia no existían los servicios
sociales, sino que la beneficencia a través de las autoridades
eclesiásticas y la caridad privada era la respuesta a lo que se llamó
“la cuestión social” fruto de la transición del feudalismo al
capitalismo y la aparición de nuevas pobreza y epidemias.
En España distintas leyes, como la Ley de Beneficencia de 1821 o la Ley
de Beneficencia de 1849 regularon la beneficencia pública y privada.
Tendríamos que esperar a la Constitución española de 1978, dentro de un estado social democrático y
de derecho, para la aparición de políticas sociales modernas. Sin
embargo, los Servicios Sociales no han llegado a tener una ley estatal, tales como las distintas leyes de Educación y Sanidad y su desarrollo ha quedado en un segundo plano.
Es durante la década 1982-1992 cuando aparecen las primeras leyes
autonómicas sobre acción social y servicios sociales. La “Ley 9/1987, de
28 de abril, de Servicios Sociales” es la primera y única ley de Canarias mientras que otras
Comunidades Autónomas ya cuentan con leyes de segunda y tercera
generación. Además, la ley de 1987 nunca tuvo un desarrollo
reglamentario posterior, y la nueva cuestión social se dejó en manos del
sistema mixto de servicios sociales (colaboración público-privada)
limitando la responsabilidad pública de los mismos. Aunque el objetivo
prioritario de la ley de 1987 fuera “la prevención y eliminación de los
factores etiológicos que conducen a situaciones de marginación social”
Canarias ha seguido contando con indicadores sociales (pobreza,
desigualdad, desempleo) muy por encima de la media estatal. A nuestro
entender, los Servicios Sociales y las políticas públicas encaminadas a crear una sociedad más
igualitaria y justa no han sido una prioridad de los distintos gobiernos
de Canarias. Es más, el gran peso de las políticas encaminadas a la
creación de empleo ha sido insuficiente sin el papel redistribuidor de
la riqueza que debe tener el estado.
Ya desde la década de los noventa se empezó a hablar de la crisis del
Estado de Bienestar y en un proceso lento pero constante la
responsabilidad pública fue diluyéndose en el tercer sector
(Asociaciones, ONG y empresas de iniciativa social) en un proceso de
mercantilización que a través de la competencia se presenta como la
solución capaz de disminuir el coste de los servicios, pero que en
realidad contribuye, a largo plazo, a transferir los costes desde el
conjunto de la comunidad hacia las personas a título individual. Para Alston, en el informe “La extrema pobreza y los Derechos Humanos” de Naciones Unidas “Es mucho menos probable que servicios como
los servicios sociales se presten de manera adecuada o tengan buena
calidad para las personas pobres (privatizados). Lo que sucede es que
esas personas acaban prescindiendo de esos servicios o pagan precios
incluso mayores por servicios sustitutivos”.
Desde Redesscan, nos hemos pronunciado a través de varios artículos de
opinión en la prensa local sobre el anteproyecto de Ley de Servicios
Sociales de Canarias, ante la que afirmamos que en caso de aprobarse tal
como está, generará mucha confusión, limbos e incertidumbres en su
funcionamiento. Además, de que en la misma se da un desmantelamiento
encubierto, ya que da un mayor protagonismo al tercer sector y a la
empresa privada en los Servicios Sociales. En otras palabras, la nueva
Ley de Servicios Sociales de Canarias es, de hecho, una puerta a la
privatización de los servicios sociales autonómicos que tendrá un
impacto negativo tanto en la respuesta a las personas empobrecidas, que
residen en Canarias, como a la defensa de los derechos humanos de los
mismos.
David Rodríguez Espino, miembro de REDESSCAN, 18 de diciembre de 2018
Comentarios
Publicar un comentario